Nogales, Ver.- Con esta fecha, el Instituto Nacional Electoral invita a participar como Observador (a) Electoral, de acuerdo a la ley, para el Proceso Electoral 2020-2021, por lo que quien así lo desee, deberá solicitar su registro y presentar documentación, conforme a las bases que se dan a conocer.
Éstas son: Obtener su acreditación ante la autoridad electoral; señalar en su escrito de solicitud, sus datos de identificación personal y manifestación expresa de que se conducirá conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.
Además, otros puntos que incluyen las bases, son: “Los derechos, obligaciones y sanciones correspondientes a la observación electoral, se estipulan en los artículos 217, numeral 1, incisos e), h), i), j) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), y 204, del Reglamento de Elecciones (RE). Presentar su solicitud de forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan, ante las y los presidentes de los consejos locales o distritales correspondientes.
Destaca que sólo se otorgará acreditación a quien cumpla con los siguientes Requisitos:
I. Ser ciudadano(a) en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
II. No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno, tres años anteriores a la elección.
III. No ser, ni haber sido candidato o candidata a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.
IV. Realizar los cursos de capacitación, preparación o información que imparta el Instituto o las propias organizaciones a las que pertenezcan los y las observadoras electorales.
V. No encontrarse en los supuestos de los artículos 205 y 206 del RE.
En cuanto a los documentos, “deberá presentarlos de manera presencial o en línea: Solicitud de acreditación en el formato correspondiente; escrito bajo protesta en el que manifieste que cumple con los requisitos establecidos en la ley; dos fotografías recientes tamaño infantil del o de la solicitante, y copia de la credencial para votar”.
Por último, referente a los plazos, señala la convocatoria que las solicitudes de acreditación como Observadores(as) Electorales, “se recibirán ante los consejos locales y distritales del INE, de manera presencial o en línea a través del portal público, a partir de la emisión de la presente y hasta la fecha de instalación de los consejos locales y distritales”.
Concluida la revisión de las solicitudes, se notificará a la persona para que realice el curso de capacitación respectivo de manera presencial o a través de la plataforma virtual.
Una vez que se acredite el curso de capacitación y cumplieron con los requisitos, los consejos locales y distritales del INE, aprobarán y entregarán las acreditaciones correspondientes.