CLAROSCUROS
Jesús Carranza 2021: “Hágase la voluntad de Dios, pero en los bueyes de mi compadre”
José Luis Ortega Vidal
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Pasiano Rueda Canseco, ingeniero de profesión e impulsor del Partido del Trabajo en Jesús Carranza, Veracruz, respondió categórico a tres preguntas del reportero:
- No hay cacicazgos detrás de la lucha por el poder municipal carranceño en el marco del proceso electoral 2020-2021
- Jesús Carranza es un municipio pacífico y ahora en las redes sociales se manifiestan muchas mentiras, inventos…No, tampoco hubo presencia del crimen organizado en el desarrollo de los referidos comicios
- Está en Xalapa desde el domingo 20 de junio acompañado de su suplente Enrique Cruz Canseco y de su abogado Daniel Rodríguez Cancela. Considera que no debe haber anulación de la elección luego de la quema de boletas porque los resultados están en las actas y éstas se subieron al PREP y el OPLE estatal tiene reproducciones de las mismas. Vino al OPLEV para pedir su constancia de mayoría; ese es su mensaje para la gente de Jesús Carranza
Pasiano Rueda fue candidato del PT a la alcaldía del municipio de Jesús Carranza, su tierra.
Obtuvo la mayoría de votos de acuerdo al conteo realizado en las 44 casillas instaladas por el OPLE y a la “sábana” expuesta al público poco antes del amanecer del lunes 7 de junio: 2340 sufragios para el PT y 2306 sufragios para su rival de MORENA, Luis Alberto Pacheco Peralta.
A partir de aquel momento -y hasta la fecha- lejos de avanzar el proceso electoral vía la entrega de la constancia de mayoría a Pasiano Rueda Canseco o -en su caso- ordenar el recuento voto por voto, se suscitó una serie de acontecimientos al margen de la institucionalidad.
De la sospecha entre unos y otros, de la resistencia civil en defensa del triunfo de Pasiano, se arribó dramáticamente a la violencia el sábado 19 de junio; esto es, 13 días después de los comicios donde el rival más cercano del abanderado petista perdió por una diferencia mínima, apenas superior al 1 %.
Va un acercamiento a la narrativa de los acontecimientos:
- El marco legal de las elecciones en México permite ganar con un voto de diferencia; es decir, la diferencia de 0.1 % o menos, define al próximo alcalde en un caso como el referido.
- Si hay una diferencia apenas superior al 1 % estamos ante un triunfo muy apretado, pero técnicamente es triunfo.
- Ahora bien, cada triunfo y cada derrota tienen su respectivo contexto.
- Ante esta condición de evidente inmadurez estructural/electoral, la democracia mexicana permite la defensa de los derechos del o los derrotados.
- En la práctica, sin importar la cantidad de votos de diferencia un candidato perdedor puede pedir revisión del conteo.
- Si la diferencia es muy baja -como los 34 votos entre uno y otro candidato en Jesús Carranza- la autoridad electoral está obligada a revisar los pormenores.
- De 44 casillas, con una que presente condiciones de anulación los números pueden cambiar.
- Eventualmente, de haber sospechas fundadas debidamente demostradas ante el OPLE -o el INE de tratarse de elecciones federales- la autoridad puede optar por un recuento de votos, lo cual implica la apertura de los paquetes electorales.
- Es decir, no es lo mismo revisar el conteo que ordenar un recuento de votos.
- En el primer caso se han de revisar las actas donde se anotaron los votos para candidato ya sea por partido o coalición, sin necesidad de abrir los paquetes electorales.
- Es posible, técnicamente, que los funcionarios de casilla hayan cometidos errores en el llenado de actas y éstas deban anularse.
- El recuento de votos, por su parte, es una situación más profunda porque éstos ya fueron contados por los funcionarios de casilla frente a los representantes de partidos políticos. Y estos funcionarios así como los representantes de partidos acreditan una base esencial de la estructura democrática: La Ciudadanía.
- La ciudadanía vota, la ciudanía cuenta los votos, la ciudadanía acredita en primera instancia el adecuado desarrollo de los comicios.
- Ahora bien, la estructura ciudadana no es perfecta sino perfectible y ante la duda o el reclamo bien fundado, la Ley electoral prevé la apertura de los paquetes electorales que los funcionarios de casilla -ciudadanos- trasladaron luego del cierre de casillas y del conteo de sufragios a la oficina del OPLE.
Todo lo anterior suena muy simple, acaso intrascendente, pero no es así.
Hablamos, aquí, del marco jurídico, de la estructura operativa de un proceso electoral.
Avancemos: cuando en un proceso electoral municipal se han recibido todas las actas de casilla y se han sumado los votos allí anotados, lo procedente es retomar la sesión respectiva -tres días después de la jornada electoral- y una vez concluida ésta entregar la constancia de mayoría al triunfador.
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¿Ahí concluye el proceso?
No.
Hemos hablado de los derechos del o los perdedores.
Entre los derechos otorgados por la Ley se encuentran:
– La duda sobre la suma de sufragios…
– La transparencia de las actas…
– El desarrollo jurídicamente bien fundamentado del proceso electoral -la no existencia de hechos violentos es parte del contexto-.
– La diferencia mínima entre los votos obtenidos por el ganador y los correspondientes a su rival o rivales más cercanos puede sustentar la apertura de paquetes.
Para ello, los representantes de partidos políticos y por ende de cada candidato deben dejar por sentadas sus peticiones, quejas, observaciones; debidamente fundamentadas, argumentadas a fin de dar seguimiento a la petición de justicia en torno al proceso electoral en los días, semanas, meses posteriores.
Todo ello, desde luego, dirigido a las instancias correspondientes: desde el OPLE o el INE, hasta los Tribunales Electorales -estatales o federales- de ser necesario.
Retomemos: la entrega de una constancia de mayoría no es sinónimo de triunfo absoluto, sino del avance en un proceso electoral sujeto al reconocimiento de su conclusión por todas las partes involucradas y en apego a Derecho.
En teoría, de acuerdo a información dada a conocer por Pasiano Rueda Canseco, así como ciudadanos de Jesús Carranza, Periodistas presentes durante el desarrollo de los acontecimientos: el OPLE debía entregar la constancia de mayoría al candidato del PT el miércoles 9 de junio, es decir tres días después de la jornada electoral conforme lo contempla la Ley.
Otra versión, apegada a derecho, pone en duda tal aseveración debido a la mínima diferencia entre los votos del candidato ganador y el perdedor.
Sabemos que Luis Alberto Pacheco Peralta -abanderado de MORENA y perdedor por sólo 34 votos de diferencia, no estuvo de acuerdo con el resultado y pidió la manifestación de su inconformidad.
Ante las dudas y reclamos de quienes obtuvieron menos votos registrados en las actas de las 44 casillas, Pasiano Rueda Canseco debía conocer su contexto legal como candidato con más votos: la toma de protesta como alcalde de Jesús Carranza no era, no podía ser un hecho futuro y seguro porque debían agotarse las instancias legales para dar atención a quienes fueron sus rivales y no avalan su triunfo.
Votación terminada no es sinónimo de Elección concluida.
Derecho para el ganador: recibir su Constancia de Mayoría al haber obtenido un triunfo marcado en actas suscritas por ciudadanos habilitados institucionalmente para ello; siempre que haya una diferencia de votos suficiente que así lo determine en apegado a lo previsto por la Ley.
Derecho para el perdedor: la atención, revisión y determinación judicial frente a sus dudas y reclamos fundamentados.
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Cuentas claras y chocolate espeso, pues…para todos.
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¿Por qué ocurrió la renuncia de los funcionarios del OPLE en Jesús Carranza?
¿Quién operó la intentona de ataque al OPLE carranceño?
¿Por qué no fue suficiente la vigilancia ciudadana de paquetes electoral y actas ya sumadas y registradas el PREP?
¿Por qué el envío de elementos policiacos?
¿Quién ordenó los disparos, el sábado 19 de junio?
Hay acusaciones de disparos de ambas partes: los ciudadanos acusan a la policía, la Secretaría de Seguridad Pública acusa a ciudadanos…¿A quién asiste la razón?
¿Por qué no se concretó la entrega de la constancia de mayoría y se dio el paso legal, institucional al reclamo del o los perdedores inconformes ante la autoridad correspondiente y en los tiempos marcados por la Ley?
O, en su caso: ¿Por qué no se determinó el conteo de voto por voto de haber sido solicitado por uno de los perdedores, en este caso por el candidato de MORENA que dijo estar inconforme con el resultado donde la diferencia es de sólo 34 sufragios?
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Hubo gente interesada en violentar el proceso democrático en Jesús Carranza.
Esto es una obviedad.
La pregunta es quién o quiénes son los autores intelectuales y materiales.
¿El responsable es Fuenteovejuna?
¿El responsable es El Estado?
El gobierno, vía la fuerza pública sin un negociador civil al frente de ella, es responsable evidente de errores que pudieron costar vidas y de los cuales la sola presencia del riesgo y la agresión física a ciudadanos indefensos representó per sé acciones deleznables y de naturaleza antidemocrática: provocación, represión, impunidad, abuso de autoridad.
Hubo disparos y gases lacrimógenos; acción policial sin la mediación de operación política eficiente.
Hay nombres al respecto: Cuitláhuac García Jiménez, Erick Patrocinio Cisneros Burgos, Hugo Gutiérrez Maldonado; Gobernador, Secretario de Gobierno, Secretario de Seguridad Pública…
Perdón: ¿Ese es el orden?
También hay que analizar el papel de los dirigentes estatales de los partidos en conflicto: PT y MORENA.
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Frente a la relatoría y las obviedades es obligado conocer las otras versiones.
- El detalle sobre los motivos de renuncia de funcionarios del OPLE en Jesús Carranza.
- La imposibilidad jurídica, de haberla porque no se aprecia por lado alguno, de adquirir presencia inmediata de autoridades estatales del OPLE en relevo de los renunciantes municipales a fin de cuidar junto a los ciudadanos los paquetes y las actas.
- Eso se espera de cualquier autoridad responsable, de comportamiento institucional sólido.
- Eso se espera, y no la presencia de policías con armas de fuego y macanas presuntamente avocados al traslado de la paquetería electoral a Xalapa…
- Se generó una falla institucional del Estado en el municipio de Jesús Carranza.
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Un experto en la Ley electoral, ajeno a los grupos ciudadanos y partidos políticos en Jesús Carranza, opina que dados los números de la votación se debió solicitar un recuento de voto por voto y la autoridad electoral tuvo que aprobarlo.
También considera la vialidad de una solución ajena a la repetición de las elecciones y pone como ejemplo el caso de Santiago Tuxtla: ahí se quemaron las boletas y ganó quien había mostrado más votos en las actas.
Añade: “alguien, desde arriba, metió las manos en el caso Carranza…”
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Hasta el momento, en torno a las elecciones municipal de Jesús Carranza priva un desorden legal; la imposición de un absurdo donde todas las partes -incluyendo al árbitro que ha resultado arbitrario y al Estado, cuyas manos están metidas con todo y uñas-.
Impera el dicho aquel: “Hágase la voluntad de Dios, pero en los bueyes de mi compadre…”
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Y aún hay más, mucho más…