El Economista
El magistrado Juan Pablo Gómez Fierro explicó que quedan anuladas ‘todas las consecuencias derivadas del decreto’ que reformó la Ley de la Industria Eléctrica.
Juan Pablo Gómez Fierro, Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, concedió este viernes una suspensión definitiva a la reforma eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspenden todas las consecuencias derivadas del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la ley de la industria eléctrica”, señaló el magistrado.
“En este punto debe precisarse que los efectos de esta medida cautelar, a pesar de que se solicitó solamente por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales”, agregó.
Con esto, se paraliza de forma indefinida la reforma eléctrica publicada el 9 de marzo pasado.
El juez Gómez Fierro explicó que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.
A resolver dentro de los amparos 118/2021 y 120/2021, el juez estimó que la suspensión de los actos reclamados también tiene como finalidad asegurar la eficacia de una sentencia de amparo, impidiendo que se materialicen actos de imposible reparación.
Agregó que el efecto del amparo se mantendrá hasta la terminación del juicio promovido.
Por ello, requirió a la titular de la Secretaría de Energía para que dentro del plazo de tres días notifique la suspensión de la reforma eléctrica a todos los participantes del mercado eléctrico.
Las suspensiones concedidas son a favor de las empresas Eoliatec del Pacífico y Fuerza y Energía de Tuxpan.
Aún están pendientes de resolver si se concede la misma suspensión para al menos 40 juicios promovidos contra la reforma promovida por López Obrador, de los cuales el juez Gómez Fierro tendrá que resolver en más de 20. El resto están en manos del juez Rodrigo de la la Peza.
El actuar del magistrado Gómez Fierro fue señalado por el mandatario en una carta que envió a Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“De manera respetuosa, en observancia al principio de separación de poderes, le solicito que el Consejo que usted preside determine e informe si a la autoridad judicial mencionada le correspondía o no aplicar de manera oficiosa a quienes no lo solicitaron y si es de su competencia o no resolver sobre este caso”, expresó el mandatario en el escrito.
De hecho, el presidente aseguró que, según lo informado por Julio Scherer, consejero jurídico de la Presidencia, 10 días antes de la decisión del magistrado Juan Pablo Gómez Fierro sobre la reforma eléctrica, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) modificó una de sus sentencias.
“Le habían ‘corregido la plana’ a ese juez los magistrados en otro asunto parecido, observándole que no podía conceder una suspensión a quien no lo solicitaba, que solamente aplicaba al que solicitaba la suspensión. Entonces es interesante porque lo que hizo este juez fue generalizar su fallo, hacerlo extensivo”, comentó.
¿Qué pasos puede realizar el Gobierno tras esta decisión?
Julia González Romero, consejera electa del despacho de abogados González Calvillo, comentó que la Secretaría de Energía tiene un plazo de 10 días para solicitar un recurso de revisión a está suspensión.
“De este recurso conocerá un tribunal colegiado especializado en la materia, quien tiene hasta 90 días para determinar lo conducente. Puede confirmar todo, o parte de la suspensión o puede revocar todo”, señaló.
El presidente Andrés Manuel López Obrador ha manifestado que a fin de que se aplique la nueva normatividad podría ordenar cambios en la Constitución.
Al respecto, González explicó que para que se apruebe una reforma constitucional, se requiere el voto favorable de dos terceras partes de los senadores y diputados presentes, además de la aprobación de la mitad de más una de las legislaturas de las entidades federativas.
Aclaró que en el caso de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, 62 por ciento de los diputados votaron a favor y 37 por ciento en contra. En el Senado, 58 por ciento votaron a favor y 42 por ciento en contra, de tal forma que si esa tendencia se repitiera, la reforma constitucional no pasaría.
Con información de Jessika Becerra