El Tribunal Electoral ordenó que se expida una credencial para votar como documento de identificación a una persona que se encuentra en prisión preventiva

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México por la que ordenó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) brindar orientación efectiva a una persona que se encuentra en prisión preventiva en el Reclusorio Norte de la Ciudad de México, a fin de que estuviese en posibilidad de ejercer su derecho al voto activo.

Inconforme con lo anterior, el recurrente impugnó la sentencia al considerar que, en su concepto, se vulneró su derecho a la identidad, no se juzgó con perspectiva de derechos humanos, aunado de que se trata de una persona en prisión preventiva que carece de un medio de identificación oficial.

En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que la autoridad responsable no analizó la controversia con perspectiva integral de derechos humanos, ya que el impugnante solicitó la credencial para votar como mecanismo de identidad personal.

Al respecto, el pleno consideró que no existe un impedimento jurídico para obtener la credencial, porque no está suspendido de sus derechos político-electorales.

En consecuencia, se modificó la sentencia impugnada para el efecto de que la DERFE expida al recurrente su credencial para votar con fotografía, y se vinculó a las autoridades penitenciarias para que coadyuven con la autoridad administrativa electoral en los trámites correspondientes.

Finalmente, se vinculó al Consejo General del INE para que emita mecanismos o lineamientos para garantizar la accesibilidad del derecho a contar con una credencial para votar como documento de identificación a las personas que se encuentran en prisión preventiva (SUP-REC-342/2023).

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