Compañeros periodistas, columnistas: exijamos la destitución de los integrantes de la CEAPP

Silvia Núñez

La Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas fue creada para proteger al gremio, no para callar cuando un periodista es criminalizado por su trabajo. Hoy, su silencio ante un caso público y de máxima gravedad no es neutralidad institucional: es omisión. Y la omisión genera responsabilidad.

Cuando un órgano público autónomo con mandato legal expreso de actuación decide no actuar de oficio, pese a un riesgo extremo, notorio y documentado, incurre en conductas jurídicamente reprochables. No estamos ante una diferencia editorial ni ante un debate político; estamos ante el incumplimiento de un deber legal.

¿Por qué exigimos su destitución?

Porque la inacción actual actualiza responsabilidades graves, entre ellas:

• Incumplimiento del deber legal: la CEAPP está obligada a actuar de oficio; no tiene discrecionalidad para callar.

• Omisión de funciones públicas: no activar protocolos, no pronunciarse y no acompañar cuando el riesgo es evidente.

• Ejercicio ilícito del servicio público por omisión (a investigar): cuando el silencio incrementa la indefensión y normaliza la criminalización.

• Abuso de funciones/autoridad por negativa deliberada de actuación (a investigar): usar el cargo para no cumplir la finalidad legal del organismo.

• Violencia institucional por omisión: fallar en la protección revictimiza y envía un mensaje de permisividad contra la libertad de expresión.

• Responsabilidad administrativa grave, sancionable con destitución e inhabilitación.

Aquí no hay margen interpretativo: la CEAPP no podía callar. Su ley la obliga a proteger, especialmente cuando la persecución es abierta y verificable. En este contexto, el silencio es una decisión, y las decisiones en el servicio público tienen consecuencias.

Nuestro llamado

Convocamos al gremio periodístico —reporteras, reporteros, medios, columnistas, editores, colectivos y defensores de derechos humanos— a exigir formalmente la destitución de los integrantes de la CEAPP por incumplimiento grave de su mandato legal. No se trata de “señalar personas”; se trata de restablecer la legalidad y evitar la normalización de la persecución.

La protección al periodismo no es un favor. Es una obligación jurídica.

Un organismo que calla cuando un periodista es criminalizado no solo incumple la ley: se convierte en parte del problema. Por eso, la destitución no es exageración; es la consecuencia jurídica legítima frente a una omisión grave.

Hoy es uno.

Mañana puede ser cualquiera.

Y esta vez, el silencio institucional no se tapa con comunicados.

Se enfrenta con exigencia pública y rendición de cuentas

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